PERMANENCIA EN EL SERVICIO DOCENTE
Apreciable compañer@ ante la incertidumbre y preocupación que enfrentamos por la Reforma Educativa, y pese a los esfuerzos que nuestro mismo sindicato realiza en contra campaña hablando del eje rector CERTEZA LABORAL, deseo contribuir con información que pueda ser de utilidad sobre la situación que más nos aqueja la EVALUACION DE PERMANENCIA en el servicio, a la cual si bien no estamos oponiéndonos, quizá sea la manera en que se nos informa lo que genere desestabilidad. Nuestra misma apatía por buscar en fuentes fidedignas nos hace creer todo lo que las redes sociales publican, principalmente Facebook y Whats App, sin cerciorarnos de que sean notas certeras y sin embargo, de inmediato compartimos la información.
El pasado 29 de mayo se publicó el famoso comunicado 129 de la SEP en el que señalaba que las evaluaciones tanto para ingreso, promoción y permanencia a la Docencia eran suspendidas de manera indefinida y señalándose como un logro de negociación se “corrió como pólvora”; sin embargo el INEE exigía también dar marcha atrás al mismo y hacer cumplir la ley. Era de esperar que fuera solo una estrategia ante las eminentes elecciones que se desarrollaron el 7 de junio y, después de ello, volver a publicar las fechas de evaluación correspondientes.
De acuerdo a la Ley General del Servicio Profesional Docente, publicada en el DOF el 11/09/2013 en su capítulo VIII de la Permanencia en el Servicio, en su artículo 52 señala que: Las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados deberán evaluar el desempeño docente y de quienes ejerzan funciones de dirección o de supervisión en la Educación Básica y Media Superior que imparta el Estado.
La evaluación a que se refiere el párrafo anterior será obligatoria. El Instituto determinará su periodicidad, considerando por lo menos una evaluación cada cuatro años y vigilará su cumplimiento. En la evaluación del desempeño se utilizarán los perfiles, parámetros e indicadores y los instrumentos de evaluación que para fines de Permanencia sean definidos y autorizados conforme a esta Ley. Los Evaluadores que participen en la evaluación del desempeño deberán estar evaluados y certificados por el Instituto.
Artículo 53. Cuando en la evaluación a que se refiere el artículo anterior se identifique la insuficiencia en el nivel de desempeño de la función respectiva, el personal de que se trate se incorporará a los programas de regularización que la Autoridad Educativa o el Organismo Descentralizado determine, según sea el caso. Dichos programas incluirán el esquema de tutoría correspondiente.
El personal sujeto a los programas a que se refiere el párrafo anterior, tendrá la oportunidad de sujetarse a una segunda oportunidad de evaluación en un plazo no mayor de doce meses después de la evaluación a que se refiere el artículo 52, la cual deberá efectuarse antes del inicio del siguiente ciclo escolar o lectivo. De ser insuficientes los resultados en la segunda evaluación, el evaluado se reincorporará a los programas de regularización para sujetarse a una tercera evaluación que se llevará a cabo en un plazo no mayor de doce meses.
En caso de que el personal no alcance un resultado suficiente en la tercera evaluación que se le practique, se darán por terminados los efectos del Nombramiento correspondiente sin responsabilidad para la Autoridad Educativa o el Organismo Descentralizado, según corresponda.
La SEP en el manual Etapas, aspectos, métodos e instrumentos. Proceso de evaluación del desempeño docente; señala claramente que de acuerdo a la Ley General del Servicio Profesional Docente (LGSPD) la evaluación del Desempeño Docente dará inicio en el 2015 y realiza entre otras cosas de interés, la Descripción general del proceso y las etapas de la evaluación del Desempeño Docente:
Con la intención de atender los propósitos, características y condiciones en que se desarrolla la evaluación del desempeño, la Secretaría de Educación Pública (SEP), en vinculación con el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), estableció las siguientes etapas, entendidas como los momentos secuenciales en que se llevará este proceso de evaluación, las cuales están asociadas a la aplicación de diversos instrumentos:
Etapa 1. Informe de cumplimiento de responsabilidades profesionales
Etapa 2. Expediente de evidencias de enseñanza
Etapa 3. Examen de conocimientos y competencias didácticas que favorecen el aprendizaje de los alumnos
Etapa 4. Planeación didáctica argumentada
Para los docentes de Secundaria que imparten la Asignatura Segunda Lengua: Inglés, se realizará una quinta etapa:
Etapa 5. Evaluación complementaria. Segunda Lengua: Inglés
Para la sustentación de las distintas etapas del proceso de evaluación se contará con guías de estudio que orienten a los docentes sobre el proceso de aplicación y el contenido de los instrumentos. Para que puedas identificar cada etapa y resolver tus dudas, puedes descargar el manual en el siguiente link: http://servicioprofesionaldocente.sep.gob.mx/content/ba/docs/2015/permanencia/etapas_aspectos/VERSION_FINAL_dmj_docentes_190515.pdf
Por su parte, el Instituto Nacional Para la Evaluación de la Educación (INEE) ha publicado en su calendario de evaluaciones 2015 como Fecha Límite para registrar al personal que participará en la Evaluación del Desempeño: del 16 de junio al 15 de julio.
Y como fecha límite para la aplicación de dicha evaluación: 9 de septiembre al 30 de noviembre de 2015 para EB y EMS 1er Grupo 1 de febrero al 31 de mayo de 2016 para EB y EMS 2do Grupo, para la Evaluación del Desempeño, aunque cabe destacar que los calendarios marcan modificación en diversas fechas de aplicación.
Finalmente, el Sindicato Nacional para los Trabajadores de la Educación (SNTE), tiene como respuesta a esta demanda: Cursos Virtuales de Acompañamiento para la Permanencia y en los que podrá registrarte del 12 al 28 de junio del presente año. Podrás registrarte en el sitio http://www.sinadep.org.mx/
Esperando que la información sea de gran utilidad, y en beneficio de los docentes preocupados por elevar la calidad de su desempeño, espero tus comentarios y recomendaciones para poder ir en cumplimiento de esta disposición e incluso poder compartir materiales y sitios que realmente sean formativos.
M.A.E. José Francisco Cortés Flores
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